viernes, 22 de enero de 2010

6.4. Filanbanco el mayor peculado impune de la historia


6.4.1. Cambio de figura delictiva
En estos últimos 11 años, el caso de la quiebra fraudulenta del Filanbanco, la que fuera la mayor entidad financiera del país, con el mayor número de clientes, se ha convertido en un sinónimo de corrupción e impunidad del más alto nivel.
Más allá de los valores que adeudan los Isaías por la quiebra del banco y que se esbozan en el numeral 1.2. “Gobierno da trato preferente a Filanbanco”, ahora, la Corte Nacional de Justicia (CNJ) “juzgaría” a los hermanos Isaías por falsificación de documentos, delito menor en relación al peculado por el que fueron llamados a juicio, por los titulares de la primera sala de lo Penal.
Según los conjueces de la primera sala de lo Penal, los hermanos Isaías están inmersos en el delito de falsificación de documentos y no en el de peculado, delito del que les acusó el ex presidente de la desaparecida Corte Suprema de Justicia (CSJ), Armando Bermeo, y ratificado inicialmente por la sala de Hernán Ulloa Parada.
Para fundamentar su providencia, notificada el lunes 18 de enero del 2010 los conjueces Walter Mazzini, Mario Rojas y Edwin Salazar explican que el sustento legal esta en que “el delito de peculado financiero no se encontraba tipificado a la fecha del cometimiento del delito”.
Por tratarse de un "asunto urgente y grave para la sociedad", al dia siguiente, el presidente del Consejo de la Judicatura, Benjamín Cevallos, suspendió de oficio a los 3 conjueces citados.
Más temprano, el fiscal general, Washington Pesántez, había pedido al pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y al Consejo de la Judicatura (CJ), la destitución de los conjueces que reformaron el auto de llamamiento a juicio en contra de los hermanos Isaías.
Por su parte, el pleno de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) pidió el 21 de enero del 2010, respeto a la decisión de los tres conjueces que cambiaron el delito de peculado bancario a falsificación de balances para los hermanos Roberto y William Isaías, ex dueños de Filanbanco. Aclararon, que las resoluciones de los magistrados son de exclusiva responsabilidad de cada uno de los jueces.
Si prevalece el cambio de figura delictiva, como parece que así va a quedar, los Isaías no podrán ser extraditados ni situados tras las rejas, porque por el tiempo transcurrido, la acción se encuentra prescrita y sin opción para continuarla.
Así, el mayor fraude de la historia, va quedando en la impunidad.

6.4.2. Síntesis de la quiebra

Y vale hacer un recuento histórico y una reflexión sobre el caso. Diario Hoy (21 enero 2010), hace el siguiente análisis:
La quiebra del Filanbanco es un proceso que arrancó en septiembre de 1998, cuando la institución que era administrada por los hermanos Roberto y William Isaías recibió un crédito de liquidez del Banco Central por 917 000 millones de sucres; en noviembre, recibió otro préstamo bajo la misma figura, esta vez de unos 100 000 millones de sucres, y otro más por unos USD 150 millones, todo esto antes de que esos propietarios entregarán el quebrado banco a la recién creada Agencia de Garantía de Depósitos (AGD). Ese fue el inicio del descalabro bancario que dejó al país en ruinas. Miles de ecuatorianos, en esos años, amanecían en las puertas de los bancos que iban cayendo, como en una partida de dominó, a la espera de recuperar sus ahorros y depósitos.
Al año siguiente, la ahora extinta Comisión Anticorrupción investigó el traspaso de Filanbanco a manos del Estado y determinó un millonario perjuicio al Fisco, por lo que pidió un juicio por peculado en contra de los hermanos Isaías. Fue Galo Pico, como presidente de lo que era la Corte Suprema de Justicia, ahora Corte Nacional de Justicia, el que inicio el juicio, pero cuando los ex propietarios de esa institución ya habían salido del país y dirigían desde Miami su emporio empresarial.
Dos años más tarde, la entonces fiscal, Mariana Yépez, cambió el delito de peculado por el de falsificación de balances. Su asesor en ese entonces era el actual fiscal Washington Pesántez.
No obstante, Armando Bermeo llegó a la Presidencia de la Corte y, en 2003, llamó a juicio a los hermanos Isaías, por peculado. Hubo apelación. Vino la historia de la Pichicorte, que liberó de culpa a medio mundo, en especial al ex presidente Abdalá Bucaram, investigado por peculado en su breve Gobierno. En 2005, se resorteó la apelación, y el proceso llegó a la Primera Sala, de donde fue destituido el magistrado Joffre García, por demorar la sentencia.
En julio de 2008, la AGD decomisó los bienes (195 empresas) de los Isaías, y el Gobierno de Rafael Correa anunció un proceso para determinar las pérdidas y la pronta venta de las empresas. La Dirección de Entidades en Liquidación de la Superintendencia de Bancos determinó que esas pérdidas sumaban USD 604,5 millones. Y en mayo de 2009, la Primera Sala ratificó el juicio por peculado en contra de los Isaías. Ningún bien incautado se ha vendido.
Y la figura de peculado ha sido cambiada otra vez por la de falsificación de papeles. Carlos Bravo, el ex – gerente de la AGD que ordenó las incautaciones, dijo ayer (20 de enero) por Teleamazonas, que “ese proceso no ha servido para nada (un carajo) porque el Gobierno de Correa ha actuado al ritmo que proponen los Isaías”.

6.4.3. No se puede cambiar la figura delictiva

Para Juan Falconi Puig (Diario Hoy, 22 enero 2010), la providencia de banales Filanconjueces en el Caso Isaias-Filanbanco viola el principio de congruencia procesal, por el que el fallo de una causa debe ser congruente con la demanda o acusación. Así, por ejemplo, iniciado un proceso penal por robo a los depositantes, no cabe condenar por secuestro; o, si en materia civil se reclama una casa, la sentencia no puede ordenar devolver un auto, pues los fallos serían incongruentes.
Falconí anota que, si ese juicio se inició por peculado, principalmente porque se llevaron USD 424 millones del Banco Central (dizque préstamos de liquidez), y de ellos Isaías destinó USD 107 millones a la cuenta secreta RIC, en Grand Cayman, para devolver depósitos, es vulgar engañifa cambiar inconstitucional e ilegalmente el tipo penal a falsificación de balances, porque los conjueces solo podían pronunciarse sobre la ampliación y aclaración negando la improcedente revocatoria pedida.
Pero, en lugar de ello, destaca Falconí, reformaron lo que técnicamente no podían reformar, y a una tipicidad distinta: falsificación de balances que, obviamente, hubo en abundancia, pero no es la materia de ese juicio.
Finalmente, con asco recuerda Falconí que, luego del intento de soborno que denunció el juez Ulloa, pasó el juicio a la Sala de Conjueces por dos recusaciones y, entonces, el ex fiscal de Tránsito y otros filibusteros resuelven el más grande fraude contra el Estado en favor de la mafia, reformando una providencia que no podían reformar, que por ello no se pidió. Así, procede enjuiciar a los conjueces por prevaricato, como idóneamente lo reclama el fiscal general, pues mientras no estén algunos en la cárcel, repetirán el sainete de la jueza Bacilio y seguirán traficando con la Justicia. Además, ha lugar a la nulidad del auto del 15 de enero y la acción de protección. "El pueblo necesita más que civilización, justicia", como sostenía Colletta, porque "menos mal hacen los delincuentes que un mal juez", al decir de Quevedo.

6.4.4. Defensa jurídica por el peculado

No es verdad que el peculado apodado “bancario” haya sido recién establecido en mayo de 1999, que es arguido por la defensa de los Isaìas y ahora por los conjueces de la Corte Nacional de Justicia que cambiaron el delito de peculado por el de “falsificación de balances”
Eduardo Carmigniani señala (Expreso, 22 enero 2010) que la disposición arbitraria de fondos confiados a los bancos como delito es de vieja data. Para comprobarlo, anota, basta leer completo el texto que antes de la reforma de 1999 tenía el Art. 257 del Código Penal, el que luego de mandar a castigar con reclusión de ocho a doce años a los servidores públicos que, “en beneficio propio o de terceros, hubiere abusado de dineros públicos…”, agrega lo siguiente: “Están comprendidos en esta disposición los servidores que manejen fondos… de los bancos estatales y privados”.
Por ello, Carmigniani anota que no puede haber duda de que: antes de la reforma de mayo de 1999 el llamado peculado “bancario” -cometido por banqueros que disponían arbitrariamente de los fondos que administraban- ya existía en el Código Penal. ¿Qué hizo entonces tal reforma? Simplemente dos cosas: primero, prohibió los créditos vinculados, hasta entonces permitidos con ciertos límites por la Ley de Instituciones Financieras; y segundo, como consecuencia de lo anterior, incorporó al Código Penal el Art. 257-A que declaró delito conceder -u obtener- tal clase de créditos: “Serán reprimidos con reclusión de cuatro a ocho años las personas descritas en el artículo anterior que, abusando de sus calidades, hubieren actuado dolosamente para obtener o conceder créditos vinculados, relacionados o intercompañías…”
De allì que Carmigniani reitera que, no es que la reforma de 1999 recién creó el peculado bancario. Lo único que hizo fue declarar que ese delito también lo cometían, a partir de mayo de 1999, quienes concedían u obtenían créditos vinculados figura que antes de la reforma no necesariamente era delictiva por estar tal clase de créditos permitidos --con ciertos límites- hasta ese momento. Pero eso no significa que antes de la reforma no podía haber peculado en los bancos. Lo había cuando el banquero disponía arbitrariamente, es decir contra la ley, de los fondos que manejaba. Por ejemplo: si la ley establecía determinados límites -que a ningún deudor se le conceda préstamos

6.4.5. Todavía quedan damnificados

Oscar Ayerve, representante de los acreedores del Filanbanco, declaró en Teleamazonas el 21 de enero del 2010, que “es inaudito que el mayor atraco de la historia del Ecuador, por el que se perjudicó al Estado en USD 2.300 millones, aprovechándose de recursos de liquidez del Banco Central y por créditos vinculados a los dueños del banco y que se llevaron la plata al exterior, como están las cosas, el caso va a quedar en la impunidad sin que se sancione a los Isaías, así como, no se devolvuelvan los ahorros que por USD 350 millones todavía no devuelve la AGD, ni el Estado a los casi 67.000 pequeños ahorristas del banco.
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