
18.26.1. Subordinación de la ciudadanía
El anhelo de amplios sectores ciudadanos que apostaron por una democracia abierta y participativa que superara los vicios de la politiquería del pasado, quedó secuestrada ante las manipulaciones de la “revolución ciudadana” que impulsa el Gobierno de Correa.
Pese a las críticas que todavía se expresan en los medios independientes, el proceso de selección de los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) es cuestionado por su ilegitimidad.
El Comercio (editorial, 16 marzo 2010), destaca que tres de los siete integrantes titulares del Consejo tienen relación con Ricardo Patiño, uno de los más conspicuos colaboradores del Gobierno y ministro en cuatro carteras diferentes. Además, otra de las vocales se identifica con el Gobierno de turno, lo cual la deslegitima.
El Comercio anota que, otros dos vocales han sido cercanos al Movimiento Popular Democrático, MPD. Y el restante ciudadano fue diputado por Sociedad Patriótica y es asesor parlamentario.
Si de lo que se trataba era de garantizar la independencia de la partidocracia y los grupos de poder, el proceso ha sido un rotundo fracaso.
Una de las funciones de estos vocales es ciertamente delicada, pues tendrán que nominar a las autoridades de control, que a su vez, para poder actuar, deberían tener plena independencia del Poder Ejecutivo.
Una vez más y con un ropaje de legalidad se hipoteca una alta función del Estado al poder político.
Así, el “poder ciudadano” nace subordinado.
Para el Universo (editorial 15 marzo 2010), el CPCC es un grupo de personas vinculadas al Gobierno, que solo se representa a sí mismo y con el que los ecuatorianos, en cambio, no se sienten identificados. Un organismo así no tendrá ninguna autoridad moral ni política, por lo que sus resoluciones solo entrarán en vigencia cuando el Presidente de la República así lo disponga.
El Diario Hoy (15 marzo 2010) concibe, que “el nuevo organismo ha sido seleccionado a la carta o en función del actual Gobierno -algunos de ellos son ex altos funcionarios del régimen- para asegurar el dominio de éste en los organismos de control. ¿O alguien cree que un Consejo de Participación integrado por una mayoría afín al Régimen actuará contra los intereses del poder de turno?”.
Para el analista Roberto López (Expreso, 7 febrero 2010), con la designación del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) será otro show para hacernos creer que vivimos en democracia.
Y frente a su integración, con allegados al régimen, en especial al canciller Patiño, López pregunta: ¿Usted cree que personas como quien le habla podrían ser parte del Consejo de Participación? Las personas que van allá serán obsecuentes servidores del Gobierno, los que agachen la cabeza y designen a todas las nuevas autoridades de acuerdo con los lineamientos que salgan de Carondelet. Esa, lamentablemente, es la democracia en la que vivimos.
18.26.2. Pernicioso experimento revolucionario
De las múltiples reivindicaciones constitucionales realizadas por la Asamblea de Montecristi que puso en vigencia la XX Constitución, se cuenta el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
Pero esta innovación resulta probablemente el más engañoso de todas.
Felipe Burbano de Lara destaca (Diario Hoy, 16 marzo 2010) que, “una vez que entre en funcionamiento el citado organismo, los ciudadanos habremos sido despojados de la ciudadanía. Tal es el costo y la paradoja en términos políticos. La invención del Quinto Poder se presentó como una fórmula mágica para contrapesar el poder de los partidos y movimientos políticos en el sistema democrático. Pero lo que hizo Montecristi fue politizar, en el mal sentido del término, a la ciudadanía, convirtiéndola en una extensión más del poder político. Por darle poder a la ciudadanía, terminó convirtiéndola en parte del poder”.
Al darle forma política e institucional a través de un Consejo, anota Burbano, “los asambleístas desvirtuaron la ciudadanía como un concepto amplio y genérico, en el que cabemos todos en nuestras múltiples diversidades. No será más un dispositivo general del cual podemos acogernos para diferenciarnos y tomar distancia del poder, movilizarnos, exigir derechos y transparencia, exigir rendición de cuentas o destituir a los malos gobernantes desde las calles. La ciudadanía pasará a formar parte de la racionalidad del poder político, de sus juegos, de sus maniobras, de sus intereses y negociaciones. Lejos de asegurar transparencia, se volverá parte del mismo juego turbio del poder. El Consejo estará allí para desvirtuar a la ciudadanía, para cooptarla, para tomarse su nombre, para negarla como fundamento crítico de la democracia. En el acto mismo de conformación del Consejo, la ciudadanía quedará limitada; alguien se habrá apropiado de ella para hablar en nombre de todos nosotros; y, al hacerlo, nos dejará sin voz y sin espacio. Los ciudadanos seremos suplantados por una cuota de poder”.
“Si la idea de hacer de los ciudadanos parte del poder era en sí misma mala, creer que el Consejo se formaría con personas independientes, sin intereses corporativos ni políticos, resultaba una gigantesca ingenuidad. El resultado del proceso de selección lo muestra con claridad: llegan al Consejo personas promocionadas por organizaciones con intereses corporativos, partidos y movimientos políticos. El Consejo convirtió a la ciudadanía en un nuevo botín político, en un espacio a ser cooptado. El invento constitucional termina en una fórmula bastante perversa: todo el juego del poder tendrá en el Consejo una instancia de legitimación en la ciudadanía. De ese modo, los ciudadanos perdemos capacidad para diferenciarnos y distanciarnos del poder”, acota Burbano.
La ingenuidad de los asambleístas tiene un enorme costo político para la democracia porque nos deja a los ciudadanos desprovistos de ese espacio desde donde podíamos actuar para demandar transparencia y eficacia a la política. Nos han arrebatado la ciudadanía en nombre de un poder ciudadano manipulador. Quienes proclamaron una revolución en nombre de los ciudadanos han terminado llevando a la ciudadanía a su propio juegos de poder, arguye Burbano.
18.26.3. Manipulador poder contra los medios
El presidente de la República señaló (Carlos Jijón, Diario Hoy, 18 marzo 2010) que como en su opinión la comunicación es un servicio público, los medios de comunicación deben rendir cuenta a la ciudadanía por intermedio del nuevo Consejo de Participación Ciudadana.
El argumento, anota Jijón, le parece falaz y el razonamiento, un sofisma. Y confiesa que ha buscado otro término para referirse al silogismo utilizado por el presidente, pero no encuentro otro que lo describa de manera más certera.
Jijón destaca que es una falacia sostener que la comunicación es un servicio público. Los restaurantes, por ejemplo, atienden al público pero no son un servicio público o la tercenas, los abogados, los actores en un teatro, los taxistas, todos ellos sirven a la gente, pero no constituyen un servicio público por el sencillo hecho de que para ser considerado tal es necesario que sea ejercido por el Estado.
El presidente es un servidor público. Yo no, puntualiza Jijón. “Yo soy un periodista que ejerzo mi derecho a opinar libremente sin que nadie esté obligado a leerme. El presidente, que recibe un salario que pagamos de nuestros impuestos y a quien hemos elegido para que trabaje por el bien de todos, tiene la obligación de rendir cuentas a los ciudadanos. Las empresas que manejan medios de comunicación ya son controladas por el Servicio de Rentas Internas, por la Superintendencia de Compañías y por el Ministerio del Trabajo”.
Y le parece descabellado a Jijón, proponer que los medios deben "rendir cuentas" ante un Consejo de Participación Ciudadana afín al Régimen lo que busca es controlar el contenido de dichos medios con la amenaza de una fiscalización latente. Porque el argumento que se trata de vender es que los periodistas realizan una función pública que los ciudadanos tienen derecho a fiscalizar, cuando lo que se está creando es una instancia para que el poder (mediante un Consejo integrado por sus amigos) controle a los propios ciudadanos en el ejercicio de uno de sus derechos fundamentales. Y el camino que se ha escogido para ello, el del veto presidencial a la ley ya aprobada por la Asamblea, es también una desnaturalización del concepto republicano de que, en una democracia, no es el Ejecutivo el que dicta las leyes, sino el Legislativo.
Dice Jijón, que si bien, el presidente de la República es un colegislador y tiene derecho a vetar o proponer modificaciones a las leyes aprobadas por la Asamblea, el camino que se ha diseñado para que sea en la práctica el Ejecutivo el que imponga su criterio, pese a que no ganó la mayoría de las bancadas legislativas, es una trampa leguleya como las que usaba la “nefasta” partidocracia.
Por lo que Jijón acota que es importante que se advierta del mecanismo: “basta que la Asamblea Nacional apruebe un proyecto en segunda discusión, por ejemplo, de la Ley de Comunicación, para que el presidente lo modifique a través de un veto, y este se consagre como ley al no existir las dos terceras partes de la Asamblea que puedan oponerse. Lo único que queda entonces es no aprobar los proyectos sino se está completamente seguro de que el Ejecutivo no los va a modificar. No queda otra”.
18.26.4. Control de los medios violará la Constitución
Antonio Rodríguez Vicens (El Comercio 23 marzo 2010) destaca que la Constitución de Montecristi, elaborada, aprobada e impuesta por la ‘revolución ciudadana’, en el numeral 2 del artículo 208, al establecer las atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, limita la “rendición de cuentas” a las “instituciones y entidades del sector público”, que son las enumeradas taxativamente en el artículo 225. Nadie puede modificar esos textos. En efecto, la Constitución, según el artículo 424, “es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico”. Todas “las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario, carecerán de eficacia jurídica”.
Rodríguez cuestiona que, el Presidente Correa, acostumbrado a manipular impunemente las disposiciones de la Constitución y las leyes, al objetar el proyecto de Ley de Participación Ciudadana, afirma que considera que en la ‘rendición de cuentas’ debe “incluirse expresamente a los medios de comunicación social, por ser entidades públicas o personas naturales o jurídicas de derecho privado, que prestan el servicio público de la comunicación…” ¿Es posible, mediante una ley, proceder a esta ‘inclusión’, que amplía el ámbito fijado por la Constitución? ¿Los medios de comunicación social privados, personas naturales o jurídicas, por prestar el “servicio público de la comunicación”, se transforman en “instituciones y entidades del sector público”?
La Asamblea Nacional, en el proyecto de ley enviado a la presidencia de la República, no incorporó en la ‘rendición de cuentas’ a los medios de comunicación privados. La Constitución, destaca Rodríguez, en el segundo inciso del artículo 138, al regular el trámite de la objeción parcial, prohíbe expresamente al presidente de la República y a la propia Asamblea “incluir materias no contempladas en el proyecto original”. Según este texto constitucional, ¿debemos entender que la inclusión por el dictador de Carondelet de la rendición de cuentas de los medios de comunicación social privados, no aprobada por la Asamblea, no significa ‘incluir’ una materia distinta, no contemplada en el proyecto?
La obsesión por limitar la libertad de expresión -el debate, la oposición y la crítica- lleva al dictador de Carondelet a la contradicción. Rodríguez acota que al objetar el texto del artículo 89 del proyecto de Ley Orgánica de Participación Ciudadana, define la ‘rendición de cuentas’ como un proceso que involucra a autoridades, funcionarios y representantes legales que estén “obligados a informar y someterse a evaluación de la ciudadanía por las acciones u omisiones en el ejercicio de su gestión y (copulativamente) en la administración de recursos públicos”. ¿Cómo incluir en esta definición a los medios de comunicación privados? ¿Son instituciones del sector público? ¿Qué recursos públicos administran?
Link: www.ticsdemanabi.net
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